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La reaparición de Puigdemont y el fracaso de su detención
Puigdemont reapareció en un acto público en Barcelona y se marchó sin ser detenido pese a una orden vigente. Los informes posteriores reconocieron fallos en el operativo.
Qué ocurrió
El 8 de agosto de 2024, Carles Puigdemont reapareció ante el Arc de Triomf, en el paseo Lluís Companys de Barcelona, en un acto de bienvenida organizado por Junts y entidades independentistas. Pronunció un discurso y abandonó el lugar sin ser detenido. Era el día de la investidura de Salvador Illa y mantenía una orden nacional de detención por presunta malversación. No llegó a entrar en el Parlament.
El informe de los Mossos conocido el 22 de agosto reconoció errores técnicos y formales: el dispositivo no contempló adecuadamente una presencia fugaz que no continuara hacia el Parlament y el seguimiento aéreo dejó de cubrir el punto por el que salió. La posterior operación Jaula tampoco consiguió localizarlo. El fracaso de la detención está documentado; sus causas deben examinarse mediante los informes y las diligencias, sin convertir las sospechas de colaboración en hechos probados.
En su comunicado del 13 de agosto, Interior sostuvo que había ofrecido apoyo a los Mossos, que no lo requirieron más allá de la coordinación habitual. Explicó que no desplegó un operativo estatal paralelo específico en el Parlament y que activó recursos extraordinarios tras conocer la fuga. Es la versión del Ministerio sobre su actuación. El juez Pablo Llarena reclamó explicaciones a los Mossos y a Interior y, en septiembre, remitió los informes a los juzgados de Barcelona para investigar posibles delitos.
La responsabilidad penal de Sánchez y Marlaska no quedó establecida. El auto del Tribunal Supremo de 28 de octubre de 2024, identificado como ATS 13471/2024, inadmitió la denuncia y la querella dirigidas contra ellos y otros responsables. Las acusaciones deducían su participación del cargo que ocupaban y del resultado del operativo, sin concretar conductas que los vincularan con la fuga. Esa resolución impide presentar esas acusaciones como una causa penal admitida contra el Gobierno. Tampoco equivale a resolver la actuación individual de todos los agentes.
La posible ayuda de tres mossos siguió otra vía. Su causa fue archivada provisionalmente en abril de 2026, pero la Audiencia de Barcelona revocó el archivo el 7 de julio. El 27 de julio se informó de que la instructora continuaba el procedimiento contra los tres agentes. El 8 de septiembre una acusación solicitó abrir juicio oral y formuló peticiones de pena: eran solicitudes, no condenas. La presunción de inocencia permanece.
EFE informó el 10 de septiembre de 2026 de que la orden nacional de detención de Puigdemont seguía vigente, pendiente de futuras decisiones sobre la amnistía. Este expediente documenta una reaparición pública, una detención fallida y sus consecuencias judiciales. Los materiales citados no prueban que Sánchez autorizara o pactara la salida.
Cronología interna
Fuentes y referencias
Otros casos del expediente
Nota de rigor: esta ficha distingue entre hecho confirmado, decisión política, investigación judicial y condena firme. Una investigación o imputación no implica culpabilidad. La puntuación de gravedad es una valoración editorial de este proyecto, no una valoración judicial. Cada dato puede comprobarse en las fuentes enlazadas.